Pueblo Earthlings
Earthlings es un pueblo no territorial autoorganizado de forma voluntaria, fundado sobre la identificación libre, la participación igualitaria y el autogobierno colectivo.
El pueblo Earthlings no se identifica con ningún Estado, territorio, persona jurídica, estructura comercial o jurisdicción específica.
La fuente única de legitimidad es Earthlings como pueblo.
Earthlings se apoya en dos normas vigentes del derecho internacional: la libertad de asociación (artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) y el derecho de los pueblos a la autodeterminación (artículo 1 de los Pactos de 1966). Ambas normas están en vigor; su aplicación a un pueblo voluntario y no territorial es una cuestión que el derecho aún no ha tenido que resolver. Lo reconocemos abiertamente y le damos respuesta como siempre se han resuelto tales cuestiones: mediante la práctica. Los Earthlings existen de facto y buscan el reconocimiento de su estatus de iure mediante el diálogo con organizaciones internacionales y Estados. Tal reconocimiento es un objetivo y una trayectoria, no un hecho consumado.
Para la interacción con la infraestructura jurídica, administrativa y financiera existente, Earthlings puede, a través de representantes autorizados, utilizar estructuras jurídicas registradas y otros instrumentos jurídicos en diversas jurisdicciones, incluidas fundaciones, asociaciones y otras formas organizativas.
Tales estructuras e instrumentos jurídicos son exclusivamente medios operativos y auxiliares de interacción externa:
El gobierno se ejerce directamente por Earthlings a través de mecanismos DAO de autogobierno colectivo.
Las estructuras e instrumentos jurídicos desempeñan una función exclusivamente limitada, externa, técnica y representativa.
Las estructuras e instrumentos jurídicos utilizados por Earthlings NO ejercen ninguna de las siguientes actividades:
Earthlings no es un Estado, una organización supranacional, una institución financiera ni una jurisdicción, y no reclama soberanía territorial, monopolio de la coerción ni las funciones de la autoridad pública en el seno de los Estados existentes.