Declaración Earthlings
sobre la autodeterminación

Esta Declaración expone los principios y el modelo previsto del pueblo Earthlings

Somos personas de muchos países, culturas y convicciones. Lo que nos une es nuestro vínculo con el planeta Tierra y nuestro cuidado por su futuro. Proclamamos la creación de un pueblo transnacional - Earthlings. Es una comunidad voluntaria, fundada en los valores universales de la vida, la libertad y la solidaridad planetaria.

La humanidad se ha convertido en un solo organismo, pero se gobierna con instrumentos creados para un mundo dividido. Los desafíos globales exigen respuestas globales, pero las personas no tienen voz directa en ellos al margen de la mediación de los Estados. Así surge la necesidad de una nueva forma de cooperación, una que actúe por encima de las fronteras sin abolir lo que ya existe.

PARTE I
POR QUÉ SE NECESITA UN NUEVO PUEBLO
ARTÍCULO 1

Un modelo que ha agotado su tiempo

Durante milenios, la identidad humana se definió por el lugar de nacimiento, la pertenencia étnica, la religión y la lengua. Los Estados, a su vez, se construyeron sobre esos mismos principios comunes: el monopolio del uso de la fuerza, el control del territorio y un aparato de coacción.

Este modelo no ha cambiado en miles de años. Las formas del poder pasaron de la esclavitud al feudalismo y a la burocracia, pero la esencia permaneció igual. El poder servía de instrumento de coacción, y el individuo seguía siendo objeto de control, privado de todo medio para gobernar su propia vida.

Guerras e instituciones

Con el desarrollo de la industria y la economía, los vínculos entre los Estados se volvieron más enredados. El comercio, la tecnología y las finanzas entretejieron sus intereses, pero no suprimieron sus conflictos - solo los agudizaron. Cuanto más estrechamente cooperaban unos Estados entre sí, más feroz se volvía su lucha contra otros. La Primera Guerra Mundial mostró adónde conduce este camino, y la Segunda mostró que la lección no había sido comprendida.

En el intento de impedir que la catástrofe se repitiera, se crearon instituciones intergubernamentales: la ONU en 1945, el sistema de Bretton Woods en 1944 y decenas de tratados internacionales en la segunda mitad del siglo XX. Fueron construidos con límites estructurales, en los que cada Estado defiende sus intereses nacionales y los mecanismos de veto bloquean las decisiones críticas. Dentro de todo este entramado, la gente común queda privada de voz en asuntos que inciden directamente en su vida.

La brecha estructural no consiste en que la humanidad carezca por completo de representación, ya que los Estados hablan formalmente en nombre de sus ciudadanos. La brecha está en otra parte. Las personas no disponen de un mecanismo de participación colectiva directa en los asuntos planetarios al margen de la mediación de los Estados.

El resultado previsible de tal disposición es la violación sistemática del derecho internacional, con tratados que se revisan de forma unilateral. Las instituciones creadas para prevenir las guerras se han mostrado incapaces siquiera de frenar el deslizamiento hacia otras nuevas.

Ideologías y división

Estas instituciones no pudieron superar la escisión central del siglo XX, en la que las ideologías se valoraron por encima de la vida. Dividieron el mundo en campos irreconciliables, cada uno convencido de que solo él poseía la verdad. Comunismo contra capitalismo, democracia contra totalitarismo. Los conceptos abstractos pasaron a importar más que las personas reales. Millones murieron por ideas que les fueron impuestas.

Esta división se abrió paso hasta la estructura misma de la sociedad. Las ideologías convirtieron el sistema político en algo semejante a una religión. Los partidos luchan por el poder, la oposición se opone al poder por defecto y los ciudadanos quedan enfrentados entre sí. La política dejó de resolver problemas y se convirtió en una contienda por el control.

Esta lógica de la confrontación configuró también la economía, construida sobre la competencia sin condiciones de partida iguales, donde el éxito depende menos del esfuerzo que del acceso inicial a los recursos. Los sistemas bancario y financiero se convirtieron en estructuras de múltiples niveles para extraer dinero con mayor eficacia a través de los mercados bursátiles, los derivados y otros instrumentos secundarios. Existen para sostener un modelo caduco y para seguir concentrando el capital.

Fallo del sistema

En una era de desafíos globales, desde los conflictos armados y el hambre hasta el desarrollo descontrolado de la inteligencia artificial, este modelo civilizatorio ha agotado su tiempo en su forma actual. Ningún Estado por sí solo puede resolver estos problemas, y las instituciones internacionales construidas hace ochenta años se muestran incapaces de estar a su altura. El mundo se ha vuelto impredecible y la situación se escapa de las manos. La causa reside más hondo que cualquier crisis aislada: está en el diseño mismo de este modelo.

Miles de millones de personas se hallan en una brutal carrera por la supervivencia que no eligieron, impotentes para cambiar nada. Su voluntad es ignorada. Siguen siendo rehenes de decisiones en las que no tuvieron parte alguna. Semejante modelo engendra inevitablemente jerarquías y confrontación, y el orden que mantiene se apoya en la amenaza de la violencia.

ARTÍCULO 2

La democracia: un compromiso convertido en trampa

La historia ha conocido intentos de romper este círculo vicioso. Tras revoluciones y convulsiones, la democracia nació como un compromiso entre el poder absoluto y el caos. La idea era simple. Los ciudadanos delegan la autoridad en representantes electos por un plazo determinado. Esos representantes se reúnen en los parlamentos y dan voz a la voluntad de quienes los eligieron.

El razonamiento parecía sólido. Los grandes grupos de personas no pueden tomar decisiones conjuntas a gritos en las plazas. No existía tecnología para la participación directa de millones en la toma de decisiones. La representación parecía la única salida.

Sin embargo, lo que acabamos obteniendo fue una prolongación del mismo viejo sistema de despojar del poder a cada persona. Solo que ahora ocurría de forma voluntaria, sin violencia. Los ciudadanos entregaban su voluntad y su libertad, y recibían a cambio la ilusión de participar: el derecho, una vez cada varios años, a elegir quién tomaría las decisiones por ellos.

La naturaleza del poder

El poder no es solo la capacidad de coaccionar. Es un monopolio sobre la definición de la realidad. Quien detenta el poder decide por todos los demás qué es justo y qué es injusto, qué es lícito y qué es delictivo. Las personas no viven simplemente bajo el control del poder. Viven dentro de una imagen del mundo que el poder ha creado.

La separación del poder en ramas, las constituciones, los derechos humanos - todo ello son intentos del poder de limitarse a sí mismo desde dentro, mediante un sistema de pesos y contrapesos.

Sin embargo, la práctica muestra cuán sistemáticamente ineficaces son estos mecanismos. La corrupción en las altas esferas del poder, los conflictos de intereses, la opacidad en la toma de decisiones. Todo ello se reproduce en los sistemas políticos con independencia de cualquier garantía institucional formal. Incluso en Estados con tradiciones democráticas maduras, el control se refuerza y las libertades civiles se debilitan.

La democracia se ha convertido en un mercado de influencias. Las campañas electorales exigen enormes recursos financieros, accesibles sobre todo al capital corporativo. Las estructuras de cabildeo obtienen un acceso privilegiado al proceso legislativo. Aunque conserva formalmente el principio de «una persona, un voto», el sistema funciona de hecho según el principio de «un dólar, un voto». Esto es una consecuencia del modo en que está construida la democracia representativa.

La deuda pública como indicador sistémico

Casi todos los Estados del mundo han acumulado una deuda pública comparable a su PIB anual, o superior a él. Surge una paradoja: una institución creada para administrar los recursos de la sociedad gasta sistemáticamente más de lo que puede proporcionar.

No existe institución alguna, internacional o interna, facultada para declarar la insolvencia financiera de un Estado. La quiebra, en el sentido en que se aplica a otras personas jurídicas, no existe para los Estados.

Las personas que no tomaron parte en las decisiones de endeudamiento pagan sus consecuencias. Sus hijos heredan deudas que no contribuyeron a crear y a las que no pueden renunciar.

Una asimetría de la responsabilidad. Los sistemas jurídicos se construyen sobre el principio de que la responsabilidad es ineludible. Los códigos y las normas fijan con exhaustivo detalle los deberes de los ciudadanos y las sanciones por incumplirlos. El mecanismo de la responsabilidad funciona sin falla en una sola dirección: del ciudadano hacia el Estado.

En la dirección opuesta, este mecanismo está ausente. El Estado no rinde cuentas a sus ciudadanos de las causas y las consecuencias de su deuda. Los ciudadanos carecen de instrumento jurídico para exigir tal rendición de cuentas o para impugnar las decisiones de endeudamiento.

En las crisis sistémicas - impagos, devaluaciones, la erosión de los ahorros - la responsabilidad se hace recaer en funcionarios concretos, en partidos o en circunstancias externas. El Estado como institución permanece fuera del alcance de la responsabilidad.

La carga de las consecuencias recae solo sobre los ciudadanos, a través de la inflación, los impuestos y los recortes de sus garantías. Y ello sin su consentimiento y sin compensación.

El relato derrotista

La corrupción, el crimen organizado, la inflación, la desigualdad económica, la polarización social, el deterioro de la sanidad, la erosión de la justicia, la apatía política de los ciudadanos. Las guerras, las carreras armamentistas, las crisis económicas, la incapacidad de hacer frente a las amenazas globales.

No se niega la existencia de estos problemas. Pero, en lugar de reconocer un fallo sistémico, se ofrecen dos justificaciones.

La primera: no hay alternativa. El Estado en su forma actual es el único modo posible de organizar la sociedad. La democracia es imperfecta, pero la humanidad no ha ideado nada mejor. Esta idea se repite con tanta frecuencia que se toma por un axioma.

La segunda: el ser humano es corrupto por naturaleza. Las personas son egoístas, agresivas, incapaces de organizarse por sí mismas. Sin control externo, coacción y castigo se destruirán entre sí. El poder sobre ellas es, por tanto, un mal necesario.

Ambas ideas son un mecanismo de defensa del sistema. Vuelven inútil toda crítica: ¿para qué cambiar lo que no tiene alternativa? ¿Para qué liberar a quienes son incapaces de libertad?

Ambas ideas quedan refutadas por la práctica.

El problema no es la naturaleza humana. El problema es que toda institución separada de la participación directa de los ciudadanos tarde o temprano pierde el contacto con la realidad y se destruye a sí misma. Reformar tal sistema desde dentro es sumamente difícil, porque se reproducirá a sí mismo a través de cualquier cambio.

ARTÍCULO 3

Una sociedad constructiva

La raíz del problema reside en dos defectos estructurales inscritos en el propio diseño.

El primero: las personas quedan despojadas de libertad real y de personalidad jurídica. El mecanismo de la representación las convierte en estadística y en un electorado que ha de marcar una casilla una vez cada cuatro años. Entre elecciones, su voz no tiene peso alguno. No pueden influir en los procesos en curso, y su participación queda reducida a un ritual simbólico.

El segundo: la división y la confrontación están inscritas en el fundamento mismo de este sistema. No hay una sociedad civil consolidada; en su lugar están los partidos, las facciones, los grupos de presión y los grupos de interés. Las personas están divididas en todos los niveles posibles: política, económica e ideológicamente. No actúan como un todo cívico único, no pueden alcanzar una posición compartida ni coordinarse para resolver asuntos vitales para su vida. El sistema no se limita a permitir esta división - está construido sobre ella y la sostiene para preservarse a sí mismo.

Tres tareas para un cambio real

Primera. Devolver al individuo su legitimidad, su libertad y su condición de sujeto - y no solo de manera simbólica. La participación en la vida colectiva no debe terminar en un voto infrecuente seguido de años de silencio.

Segunda. Crear las condiciones para una sociedad civil consolidada, capaz de actuar como un espacio de solidaridad consciente y responsabilidad compartida.

Tercera. Dotar a esta colectividad de capacidad jurídica e institucional. Debe poder tomar parte en la gobernanza, influir en los procesos y desarrollar sus propias formas de coordinación como una comunidad organizada con una legitimidad reconocida.

Durante siglos, estas tareas fueron casi imposibles de llevar a cabo. La democracia representativa siguió siendo la única respuesta disponible, con todas sus limitaciones.

Hoy esa disposición deja de ser la única opción. Aparecen medios que permiten construir nuevas formas de participación, transparencia y acuerdo. Se vuelve posible, por tanto, añadir un «módulo» más al sistema, en forma de una «sociedad civil constructiva», fundada en la solidaridad, el acuerdo y la responsabilidad compartida. Esto se necesita no como oposición al sistema existente, sino como su extensión, una mejora de sus funciones y capacidades.

Para llevarlo a cabo se necesitan dos soluciones, que atienden a los dos defectos descritos: una jurídica y una tecnológica.

PARTE II
EL PUEBLO EARTHLINGS
ARTÍCULO 5

El derecho a la autodeterminación

El fundamento jurídico del pueblo Earthlings se apoya en dos normas vigentes del derecho internacional: la libertad de asociación y el derecho de los pueblos a la autodeterminación. Ambas normas están en vigor; su aplicación a un pueblo voluntario y no territorial es una cuestión que el derecho aún no ha tenido que resolver. Lo reconocemos abiertamente y le damos respuesta como siempre se han resuelto tales cuestiones: mediante la práctica.

La libertad de asociación es el derecho individual indiscutible de toda persona. Al ejercerlo, las personas forman una comunidad duradera con una conciencia común de sí, una voluntad colectiva y sus propias instituciones - es decir, un pueblo. El derecho de los pueblos a la autodeterminación pertenece a una comunidad ya formada de ese modo: es la consecuencia de un pueblo que ha tomado forma, no el material con el que se lo ensambla. Quienes se incorporan a los Earthlings no vienen de un vacío jurídico - cada uno pertenece ya a un pueblo para el que este derecho está reconocido. La licitud de la actuación de los Earthlings no depende del desenlace de la controversia sobre su condición de pueblo: descansa en la libertad de asociación; lo que se acumula es estatuto, no permiso para actuar.

Sobre esta base, el pueblo Earthlings declara el ejercicio de su derecho colectivo a la autodeterminación - un derecho fundamental reconocido por el derecho internacional como fundamento de la existencia libre de los pueblos. Semejante asociación merece una consideración jurídica de buena fe, y toda restricción que se le imponga debe juzgarse por los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y no por lo inusual de la forma misma.

Dos dimensiones de nuestra existencia
DE FACTO Y DE JURE
DE FACTO - Existimos

El pueblo Earthlings existe como realidad en virtud de la libre elección de las personas de unirse en torno a unos valores compartidos. Su existencia no la crea el reconocimiento desde fuera - surge de una voluntad colectiva y se confirma por la práctica de la participación, cuya infraestructura ya está en funcionamiento.

Como todo pueblo en su etapa temprana, los Earthlings construyen sus instituciones de forma gradual: el hecho de la existencia de un pueblo exige una voluntad común y una capacidad de autoorganización, no la culminación de todas sus instituciones.

DE JURE - Estamos abiertos a la interacción jurídica

El reconocimiento no crea a los Earthlings, pero el diálogo jurídico puede hacer esta realidad más discernible para el derecho internacional y abrir una vía hacia una participación limitada, gradual y funcional en los procesos globales.

El derecho internacional no contiene una definición exhaustiva del concepto de «pueblo» y no prohíbe la aparición de nuevas formas de condición de pueblo. En la doctrina jurídica, los rasgos de un pueblo se dividen en objetivos (territorio, lengua, etnicidad, historia) y subjetivos (una conciencia común de sí, una voluntad colectiva, sus propias instituciones); se considera que el núcleo del concepto, aquello que distingue a un pueblo de una mera población, son precisamente los rasgos subjetivos. En los Earthlings están presentes de forma manifiesta: la conciencia de sí queda consignada en la Declaración, la voluntad se formaliza mediante el procedimiento de incorporación y verificación, y la infraestructura de las instituciones está construida y desplegada. El papel de los vínculos objetivos tradicionales lo desempeñan una pertenencia planetaria compartida y unos valores compartidos.

Los Earthlings no crean un «hombre nuevo» - crean una nueva forma de asociación entre personas que ya pertenecen a pueblos y culturas existentes. La vía de la interacción jurídica nada tiene que ver con suplantar al Estado: es el desarrollo gradual de canales admisibles - el diálogo experto, los memorandos de cooperación y las formas funcionales de presencia, todos compatibles con el derecho internacional vigente.

El fundamento jurídico de la libertad de asociación

La libertad de asociación está consagrada como derecho individual en una serie de instrumentos, ninguno de los cuales establece una lista exhaustiva de las formas o los fines de asociación permitidos:

Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), Artículo 20

Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), Artículo 22

Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras.

Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1950), Artículo 11

Toda persona tiene derecho a la libertad de asociación con otras.

Documento de la Reunión de Copenhague de la CSCE (1990), párrafo 9.3

Se garantiza el derecho de asociación.

Directrices de la OSCE/OIDDH sobre la libertad de asociación

Desarrollan estas normas hacia una interpretación amplia y no discriminatoria.

El derecho está formulado de forma abierta - como la libertad de asociarse «con otras» - y no limita ni el fin ni la forma de la asociación. Nada en él prohíbe que las personas que se han asociado libremente funden, precisamente, un pueblo. La libertad de asociación protege el acto constitutivo mismo. A partir de ahí, la cuestión se plantea igual que para cualquier pueblo: el derecho no funda pueblos ni lleva un registro de ellos - ningún pueblo de la historia ha pasado por un procedimiento para que se reconociera su existencia; la existencia de un pueblo se determina a partir de sus rasgos cuando surge una cuestión jurídica concreta. Los Earthlings construyen sus instituciones de modo que esos rasgos puedan verificarse en cualquier momento.

El fundamento jurídico de la autodeterminación

El derecho de los pueblos a la autodeterminación está consagrado en los documentos fundacionales del derecho internacional:

Carta de las Naciones Unidas (1945)

Artículo 1.2: fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos.

Pactos Internacionales de Derechos Humanos (1966)

Artículo 1: todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación y, en virtud de este derecho, establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.

Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional (1970)

Afirma el principio de la libre determinación como fundamento del orden internacional.

Declaración y Programa de Acción de Viena (1993)

La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirmó el carácter universal del derecho a la libre determinación.

La evolución del derecho internacional

El derecho internacional se desarrolla tanto a través de los textos como de la práctica: cuando una realidad institucional se vuelve suficientemente convincente, el reconocimiento la sigue. En 2010, la Corte Internacional de Justicia sostuvo, en una opinión consultiva, que la declaración de independencia de Kosovo no violaba por sí misma el derecho internacional - el derecho internacional general no contiene prohibición alguna de tales declaraciones. La Corte guardó deliberadamente silencio sobre la condición de Estado de Kosovo y sobre el derecho a la autodeterminación, pero el precedente mismo muestra que el orden internacional puede aceptar un acto constitutivo unilateral sin tratarlo como un ilícito. Taiwán ha funcionado durante décadas al margen de la membresía en la ONU (desde 1971) - un ejemplo de un orden que tolera a participantes más allá de la rígida dicotomía de «Estado soberano o ausencia total de estatuto» (Taiwán es de por sí una entidad territorial y se cita no como analogía de un pueblo no territorial). Estos precedentes muestran que el derecho internacional es capaz de acoger nuevas formas de existencia colectiva respaldadas por una práctica real.

Esta autodeterminación no se dirige a la separación, sino a la adición. El separatismo vuelve el derecho a la autodeterminación contra el Estado, reclamando parte de su territorio y de su soberanía; los Earthlings vuelven ese mismo derecho en la dirección opuesta - hacia la asociación voluntaria de las personas por encima de las fronteras. Un earthling no abandona el pueblo en el que nació y nada le quita a su Estado - añade una pertenencia más, una pertenencia planetaria. Es la no territorialidad lo que sitúa a los Earthlings fuera de la reserva sobre la integridad territorial: no se puede vulnerar aquello que no se reclama. Tampoco contiene el derecho prohibición alguna del surgimiento de nuevos pueblos - todo pueblo hoy existente surgió en algún momento.

ARTÍCULO 6

El propósito y las funciones del pueblo Earthlings

La autodeterminación de un pueblo comienza en el individuo. El pueblo Earthlings se crea para que, en los asuntos de escala planetaria, una persona sea un participante y no el objeto de las decisiones de otros. Por primera vez, una persona común obtiene una voz directa en los asuntos que cruzan las fronteras de los Estados y que ningún Estado resuelve por sí solo.

Una persona tiene derecho a ser el autor de su pertenencia, y no solo su portador. La pertenencia a los Earthlings es su propia elección, y a través de ella obtiene lo que un individuo casi nunca ha tenido: la posibilidad de participar en la decisión de asuntos comunes en igualdad de condiciones con los demás, por encima del país de su nacimiento y de su posición social.

Personalidad jurídica funcional

La personalidad jurídica internacional no está necesariamente ligada al territorio. Puede definirse por el propósito y la función. La Soberana Orden de Malta no posee territorio desde 1798, y sin embargo mantiene relaciones diplomáticas con unos 112 Estados y participa en la ONU como observadora. La Santa Sede conservó su personalidad jurídica incluso en los años en que no poseía territorio alguno. En ambos casos, el fundamento es el propósito para el que el sujeto existe, y no la tierra que posee.

El pueblo Earthlings sigue la misma vía. No reclama la condición de Estado ni la construye. Se apoya en su propósito, y en la práctica, la confianza y la buena fe que se acumulan con el tiempo.

El alcance de las tareas

El mundo se ha vuelto planetario de hecho, pero no en su nivel de coordinación. La economía, la tecnología y los riesgos dejaron hace tiempo de ser meramente nacionales, y sin embargo las decisiones se siguen tomando dentro de las fronteras de los Estados particulares. Hay asuntos que ningún Estado puede resolver por sí solo, y son precisamente estos los que el pueblo Earthlings aborda:

  • la prevención de los conflictos armados y la distensión;
  • la protección del medio ambiente y de la biosfera;
  • los derechos de las generaciones futuras;
  • los límites éticos de la tecnología, incluida la inteligencia artificial.

En estos asuntos, el pueblo Earthlings busca para el individuo el derecho a ser escuchado - una voz en la discusión, no poder sobre la decisión. Su apoyo es la idea reconocida del patrimonio común de la humanidad, ya en vigor para los fondos marinos y el espacio ultraterrestre: admite el interés de la humanidad en su conjunto, pero no otorga a nadie poder sobre esos dominios.

Límites

El pueblo Earthlings no compite con los Estados por el poder y no reclama las funciones de la autoridad pública. No sustituye a los Estados ni suplanta a sus instituciones. Actúa por encima de las fronteras como una capa adicional de coordinación, reforzando el acuerdo en lugar de desplazar lo que ya existe. Y habla solo en nombre de quienes se han incorporado a él voluntariamente, no en nombre de toda la humanidad.

ARTÍCULO 7

Continuar el camino

El pueblo Earthlings continúa el camino abierto por la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Aquel documento se dirigía a un mundo que había atravesado la catástrofe de la guerra. Hoy la humanidad se enfrenta a desafíos que sus autores no pudieron prever del todo: la revolución digital, una profunda interdependencia planetaria y sistemas tecnológicos que inciden en la existencia humana misma.

Los Earthlings no deshacen los logros de los derechos humanos y no proponen sustituirlos por otro sistema. Al contrario, buscan extender ese horizonte normativo a una era global, en la que el destino del individuo está cada vez más estrechamente ligado a las infraestructuras digitales, a los riesgos transnacionales y a decisiones que rebasan a cualquier Estado particular.

Nuevas dimensiones de la dignidad y la participación de los Earthlings

El derecho a un planeta sano - el derecho de las generaciones presentes y futuras a vivir en un mundo donde la preservación de los ecosistemas se considere una condición de la dignidad humana y no una política opcional.

La responsabilidad hacia las generaciones futuras - el deber de construir las instituciones, la economía y las tecnologías de tal modo que no socaven la posibilidad de una vida digna, libre y segura para quienes vengan después de nosotros.

El derecho a la dignidad digital - el derecho del individuo a proteger su identidad, sus datos y su autonomía digital en una era en que la tecnología puede tanto ampliar la libertad como estrechar el control.

El derecho a participar - el derecho a influir en decisiones de escala global: a discutirlas y a tomar parte en su configuración a través de mecanismos accesibles y de buena fe.

El derecho a la solidaridad - el derecho a pertenecer a una comunidad que actúa tanto en interés de su propio grupo como en el de la humanidad como destino compartido.

PARTE III
FUNDAMENTO
ARTÍCULO 8

Los valores de los Earthlings

El pueblo Earthlings se une en torno a valores que son universales e inalienables:

La vida como valor supremo
La protección y el sostén de la vida en todas sus formas, desde la dignidad humana hasta todo lo vivo.
Libertad y dignidad
Toda persona nace libre. La dignidad del individuo es inviolable. Nadie debe convertirse en medio para el poder, la explotación o la degradación de otro.
Solidaridad planetaria
Ante las amenazas comunes, las fronteras no deben convertir a la humanidad en un conjunto de enclaves indiferentes. Toda persona pertenece a la vez a su propio país y al mundo común.
Justicia e igualdad
El valor igual de cada vida exige una distribución justa de las oportunidades, el acceso al desarrollo y límites a los sistemas que reproducen una desigualdad degradante.
Cuidado del planeta
La Tierra es nuestro hogar común y un límite cuya transgresión es inadmisible para cualquier proyecto humano. La preservación de los ecosistemas, del medio ambiente y de la diversidad biológica es una condición del futuro.
Transparencia
Los procesos de toma de decisiones deben estar abiertos a la verificación, y la información debe ser accesible allí donde ocultarla no protege a la persona y solo afianza el poder.
Gobernanza descentralizada
Los Earthlings rechazan la concentración del poder como norma y aspiran a formas distribuidas de toma de decisiones, compatibles con la rendición de cuentas, la verificabilidad y la participación.
Ética de la tecnología
La inteligencia artificial, la computación cuántica, la ingeniería genética, la biotecnología y las tecnologías espaciales deben desarrollarse en interés del ser humano y de la vida, y no en aras de extender el control sobre ellos. Ninguna arquitectura digital puede justificar la manipulación oculta, la división en castas o la supresión de la autonomía humana.
PARTE IV
CÓMO FUNCIONA
ARTÍCULO 9

Gobernanza descentralizada

El pueblo Earthlings se gobierna a través de una organización autónoma descentralizada (DAO) - una infraestructura digital para la toma colectiva de decisiones.

Principios de gobernanza

Igualdad del voto - cada earthling verificado tiene un voto; su peso no depende del capital, la reputación o el mérito.

Apertura del proceso - las propuestas, las discusiones y los resultados de las votaciones están abiertos a la verificación de todos los miembros.

El derecho de iniciativa - todo earthling tiene derecho a presentar propuestas, plantear cuestiones y tomar parte en la elaboración de las decisiones.

Delegación - en cuestiones especializadas, el voto puede delegarse, de forma revocable, en quienes posean la competencia necesaria.

Protección frente a la captura - la arquitectura de la gobernanza debe reducir la probabilidad de que el control se concentre en manos de grupos reducidos y debe mantener transparentes los intentos de influencia.

Evolución - los procedimientos y las reglas pueden modificarse por decisión de una mayoría supercualificada, preservando el núcleo fundamental de la Declaración.

A través de la DAO, los Earthlings toman decisiones sobre el desarrollo de la infraestructura, la asignación de recursos, las asociaciones y las formas de representación. Los mecanismos para resolver disputas y proteger los derechos de los miembros están integrados en el sistema de gobernanza.

ARTÍCULO 10

La solución tecnológica

Para los Earthlings, la tecnología es solo una herramienta. Combinamos infraestructura ordinaria (Web2) y descentralizada (Web3), eligiendo cada medio según la tarea concreta. Web3 se emplea allí donde es constitucionalmente necesario: para la unicidad verificable de un miembro, para proteger el corpus fundacional frente a la sustitución y para votar sin coste monetario. El registro, el padrón de miembros, la correspondencia y la interfaz web funcionan con medios ordinarios.

Verificación biométrica
Una persona, un pasaporte. Confirma que tras el pasaporte hay una única persona viva. Las fotografías y los escaneos no se almacenan. La verificación la realiza el propio pueblo (in-house).
Pasaporte SBT
Un pasaporte digital intransferible del earthling. Confirma la pertenencia al pueblo y sirve de llave de acceso al ecosistema. Está vinculado a la persona y no puede comprarse, transferirse ni falsificarse.
Earthlings DAO
El entorno para la toma colectiva de decisiones. Un earthling verificado, un voto. La reputación y la contribución son visibles, pero no otorgan votos adicionales.
Earthlings Coin (EC)
Una unidad de cuenta interna para la coordinación y la ayuda mutua, no un activo especulativo. El voto en la DAO no depende de la cantidad de EC que se posea.
La plataforma
Un entorno único de interacción: votaciones, células, proyectos, la economía, la reputación, el mapa del pueblo, chats y analítica.
Cadena de bloques y contratos inteligentes
Un registro distribuido resistente al cambio unilateral, y la ejecución automática de parte de los acuerdos. Los asientos son transparentes y verificables.

Juntos constituyen cuatro capas de un solo sistema: identidad (SBT), gobernanza (DAO), incentivos (EC) y coordinación (la plataforma). Cada voto está ligado a un earthling confirmado biométricamente, y el peso económico se mantiene separado del voto político.

Ninguno de estos sistemas puede dirigir en secreto el comportamiento de una persona, afianzar distinciones de casta o convertir la participación en una forma de sometimiento.

PARTE V
PROTECCIÓN DE LOS PRINCIPIOS
ARTÍCULO 11

La inmutabilidad de la Declaración

Esta Declaración es el documento fundacional del pueblo Earthlings. Consigna los valores de los Earthlings, las bases de su existencia y la dirección de su desarrollo. Su núcleo fundamental no está sujeto a revisión, mientras que su interpretación, los procedimientos de su aplicación y las normas derivadas de ella pueden precisarse y desarrollarse sin quebrantar los principios básicos.

El núcleo inmutable

La dignidad humana, la libertad del individuo, el derecho a la vida, la solidaridad planetaria, el cuidado del planeta y el rechazo a la concentración del poder constituyen el núcleo inmutable de la Declaración. Estos principios no pueden ser derogados por ninguna votación, ningún interés pasajero ni ningún documento derivado.

Todo intento de eliminar o reemplazar este núcleo significaría la creación de una nueva entidad que no es el pueblo Earthlings.

Este diseño es una construcción estándar del derecho constitucional, no una peculiaridad de Earthlings: los núcleos inmutables (lo que los juristas llaman «cláusulas de eternidad») protegen la Ley Fundamental de Alemania y las constituciones de Francia y de Italia; su finalidad es en todas partes la misma - impedir que un orden pueda ser abolido por sus propios medios democráticos. El derecho del pueblo a la revisión no queda con ello suprimido, sino trasladado a un mecanismo de última instancia: el código de Earthlings es abierto, y una refundación que reproduzca la infraestructura está reconocida como continuación legítima (véase la Hoja de Ruta del Período de Transición).

Mecanismos de protección

La estructura del pueblo Earthlings excluye su conversión en una corporación comercial, un órgano estatal, un partido político, una organización religiosa o una formación paramilitar.

Los principios básicos de la Declaración quedan consignados en la Carta de los Earthlings y sirven de norma con la que debe conformarse toda la arquitectura de gobernanza, desarrollo y representación del pueblo Earthlings.

Mecanismos de adaptación

Los procedimientos de gobernanza, las prácticas de implementación y las normas derivadas pueden evolucionar por decisión de una mayoría supercualificada, siempre que tales cambios no contradigan la Declaración y no afecten a su núcleo fundamental.

Este umbral elevado protege a los Earthlings frente a los cambios impulsivos, la deriva oportunista y la captura, preservando al mismo tiempo la capacidad de desarrollarse y adaptarse ante los desafíos futuros.

FIRMA LA DECLARACIÓN Y CONVIÉRTETE EN Earthling OBTÉN TU PASAPORTE

Respuestas a las objeciones clásicas